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Legislación › Orden ITC/3708/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas para el conteo y control de afluencia de personas en locales de pública concurrencia.

Artículo 15. Errores máximos permitidos.

Artículo 15. Errores máximos permitidos.

Los errores máximos permitidos en la verificación periódica serán los que se establecen en el anexo II.

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