Legislación › Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores.
Artículo 13. Errores máximos permitidos.
Artículo 13. Errores máximos permitidos.
Los errores máximos permitidos en la verificación periódica son los indicados en el anexo III.


