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Legislación › Orden ITC/3747/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores eléctricos estáticos de energía activa en corriente alterna, clases a, b y c, en conexión directa o en conexión a transformador, emplazamiento interior o exterior, en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.

ANEXO III

ANEXO III

Procedimiento de verificación periódica de contadores estáticos

En este anexo se determina la modalidad y el alcance de las verificaciones periódicas a realizar sobre los contadores estáticos que sirvan de base para la facturación de energía eléctrica, a fin de garantizar la calidad y fiabilidad de la medición a lo largo de su vida útil, en defensa de los intereses económicos tanto de los consumidores como de los distribuidores.

Los contadores estáticos que no se verifiquen de forma individualizada deberán estar asignados a lotes, según lo definido en el apartado 1.1 de este anexo. Los lotes serán establecidos por los distribuidores según lo determinado en el punto 2 del artículo 11, y deberán ser comunicados a la Administración pública competente que seleccionará de forma aleatoria los números de serie de los contadores que constituirán la muestra. La Administración pública competente comunicará el resultado de la elección de la muestra al distribuidor, al objeto de que éste, bajo su supervisión y control, retire los contadores en base a la modalidad elegida, unitaria o por lotes, que deban ser sometidos a los ensayos a que se refiere el apartado 2.2.1 de este anexo, o en su caso a la aplicación de la modalidad de verificación determinada en el artículo 17.

1. Selección de lotes y muestras de contadores estáticos

1.1 Definición de lotes de contadores estáticos.-Un lote es un conjunto de contadores estáticos homogéneos y agrupados, del que se extraerá la muestra sobre la que se efectuarán los ensayos de verificación periódica. La homogeneidad del lote vendrá dada por los siguientes datos, que serán comunes a todos los elementos del lote:

Propietario.

Marca.

N.º de fases de conexión.

Año de declaración de conformidad o de verificación primitiva, según proceda. En caso de que el contador fuera anterior a la regulación, año de instalación o, en su defecto, de fabricación.

Tensión eléctrica de referencia.

Intensidad de corriente por encima de la cual el margen de error se sitúa dentro del más pequeño error máximo permitido correspondiente al índice de clase del contador (Itr).

Intensidad de corriente máxima (Imáx).

Intensidad de corriente eléctrica de referencia especificada para la que ha sido concebido el contador conectado a transformador (In).

Se admitirá la inclusión en un mismo lote de contadores estáticos de dos años consecutivos de fecha de verificación primitiva, en su caso, o de instalación inicial o, en su defecto, de año de fabricación, siempre que sean homogéneos respecto al resto de los datos mencionados. En este caso, se tomará como edad de referencia del lote la que corresponda a la fecha más antigua.

Para el proceso de conformación de los lotes y previa solicitud justificada por parte del distribuidor, la Administración pública competente podrá determinar, por resolución motivada, cambios en los criterios de homogeneidad de los lotes a los efectos de su constitución, y establecer limitaciones en el numero mínimo de contadores estáticos que constituyen un lote, según se determina en el punto 3 del artículo 12 de esta Orden.

Una vez definidos los lotes, el distribuidor remitirá a la Administración pública competente la siguiente información sobre el mismo:

a) Nombre del distribuidor y dato identificativo de propiedad.

b) Datos fundamentales del contador estático que identifique el lote:

Marca y modelo.

N.º de fases de conexión.

Año de declaración de conformidad o de verificación primitiva, según proceda. En caso de que el contador fuera anterior a la regulación, año de instalación o, en su defecto, de fabricación.

Tensión eléctrica de referencia.

Intensidad de corriente por encima de la cual el margen de error se sitúa dentro del más pequeño error máximo permitido correspondiente al índice de clase del contador (Itr).

Intensidad de corriente eléctrica máxima (Imáx).

Intensidad de corriente eléctrica de referencia especificada para la que ha sido concebido el contador conectado a transformador (In).

c) Datos sobre los contadores de cada lote:

Número de contadores estáticos que forman el lote.

Número de serie.

Nombre del usuario y lugar de instalación (calle, número, población y código postal).

Año de la última verificación periódica.

Año de declaración de conformidad o de verificación primitiva, según proceda. En caso de que el contador fuera anterior a la regulación, año de instalación o, en su defecto, de fabricación.

En el supuesto de que el contador estático sea presentado por primera vez a la verificación periódica, se deberá aportar el año de su verificación primitiva, en su caso, o de su instalación inicial o, en su defecto, de su año de fabricación. Si ya ha sido sometido a verificación periódica, se aportará el documento acreditativo de su superación.

1.2 Elección de las muestras.–Una muestra de contadores estáticos es un subconjunto de un lote, sobre la cual se efectuarán los ensayos de verificación periódica.

Para la elección de las muestras se aplicará la vigente norma UNE 66020-1 o norma que la sustituya, para lo cual se utilizarán las siguientes especificaciones:

Muestreo: doble.

Nivel general de inspección: II.

Nivel de Calidad Aceptable: 2,5.

Inspección reducida.

A su vez se elegirá con cada muestra un número de contadores de reserva equivalente al entero más cercano al 25 por cien del número de contadores que forman la muestra.

Para un lote dado, los contadores estáticos que compongan una muestra serán elegidos al azar. A petición debidamente justificada del distribuidor, y si los contadores de reserva fueran insuficientes, se extraerán contadores de reserva adicionales.

1.3 Comunicación de la elección de la muestra.–La Administración pública competente efectuará la elección de dos muestras, 1.ª y 2.ª, por cada lote, comunicando el resultado al distribuidor, con indicación de los números de serie de fabricación de los contadores estáticos seleccionados, así como los datos identificativos del servicio u organismo oficialmente autorizado que deba realizar los ensayos.

2. Verificación periódica

La fase de verificación periódica de contadores estáticos, tanto para la modalidad unitaria como por lotes, deberá superar los exámenes administrativos y metrológico, de acuerdo con lo especificado en este anexo.

2.1 Examen administrativo.–El examen administrativo consistirá en la identificación completa del contador estático ya sea realizada de forma unitaria o por lote, en cuanto a que reúne los requisitos exigidos para estar legalmente en servicio. Este examen será realizado tomando como base la información contenida en el Boletín de Identificación establecido en el anexo II.

Si la Administración pública competente o el Organismo autorizado de verificación metrológica comprueban la existencia de anomalías o carencias en los datos referidos, lo notificará al solicitante para que éste las subsane en el plazo que se establezca. No obstante, la existencia de anomalías o carencias en los citados datos no interrumpirá la realización de la fase de verificación periódica, aunque podrá determinar la realización de actuaciones inspectoras. A su vez, si dichas deficiencias administrativas no se subsanan en el plazo otorgado por la Administración pública competente, aunque el examen metrológico sea favorable, la verificación del contador se dará por no superada.

2.2 Examen metrológico.–Antes de comenzar los ensayos, los contadores estáticos, tanto para la modalidad unitaria como por lotes, serán inspeccionados a fin de eliminar aquellos que presenten evidencias de manipulación o que tengan daños mecánicos o eléctricos importantes o que puedan considerarse averiados. Serán también eliminados los contadores estáticos cuyo sistema de medida sea accesible por estar dañado su precinto.

Los contadores estáticos rechazados por alguna de las causas anteriores, en el caso de los lotes, serán sustituidos por contadores de reserva, y no se computarán como contadores defectuosos a efectos de la aceptación o rechazo del lote, de acuerdo con lo establecido en el punto 2.2.3, debiéndose informar de esta incidencia a la Administración pública competente y al propietario del contador a los efectos oportunos.

2.2.1 Ensayos.–Los ensayos de verificación periódica, tanto para la modalidad unitaria como por lotes, salvo que se realice en aplicación del artículo 17, se realizarán en las condiciones de referencia establecidas en la Norma española UNE EN o CEI de aplicación.

Los ensayos de exactitud deberán efectuarse para la tensión eléctrica de referencia y en los valores de intensidad de corriente eléctrica y de factor de potencia indicados en la tabla II siguiente:

Tabla II. Ensayo

Intensidad

Factor de potencia

Contadores

Carga de los contadores polifásicos

0,5 ltr

1

Monofásicos y polifásicos.

Equilibrada.

Itr

1

Monofásicos y polifásicos.

Equilibrada.

Imax

1

Monofásicos y polifásicos.

Equilibrada.

2.2.2 Criterio de aceptación o rechazo sobre un contador estático, tanto para la modalidad unitaria como por lotes: errores máximos permitidos.

e0,5 Itr: Error intrínseco medido en el ensayo, sin magnitudes de influencia aplicadas, con intensidad de corriente 0,5 Itr.

eItr: Error intrínseco medido en el ensayo, sin magnitudes de influencia aplicadas, con intensidad de corriente eléctrica Itr.

eImáx: Error intrínseco medido en el ensayo, sin magnitudes de influencia aplicadas, con intensidad de corriente eléctrica Imáx.

Un contador estático resultará aceptado si cumple los errores máximos permitidos establecidos en la tabla III siguiente, en función de la temperatura ambiente en la que se realice el ensayo, sin aplicar ninguna magnitud de influencia.

Tabla III. Errores máximos permitidos

Clase

Temperaturas de funcionamiento

Temperaturas de funcionamiento

Temperaturas de funcionamiento

+5 °C ... +30 °C

–10 °C ...+5 °C o +30 °C ... +40 °C

–25 °C...–10 °C o +40 °C...+55 °C

A

B

C

A

B

C

A

B

C

e0,5 Itr

±4%

±2%

±1,3%

±5,5%

±2,5%

±1,6%

±7,5%

±3,5%

±2%

eItr

±4%

±2%

±1%

±5%

±2,5%

±1,3%

±7,5%

±3,5%

±1,6%

elmáx

±4%

±2%

±1%

±5%

±2,5%

±1,3%

±7,5%

±3,5%

±1,6%

Cuando el resultado de las pruebas realizadas al contador estático supere los valores establecidos en la tabla III, deberá considerarse que no ha superado la verificación periódica.

En el supuesto de que en el ensayo realizado al contador estático, se superen, en sentido negativo, cualquiera de los valores negativos establecidos, se posibilitará al distribuidor para que sea éste el que decida si dicho contador se contabiliza como defectuoso o no, a la hora de determinar la aceptación del lote.

2.2.3 Aceptación o rechazo del lote de contadores estáticos.–Las muestras de contadores estáticos serán elegidas conforme se indica en el apartado 1.2 de este anexo.

La aceptación o rechazo del lote vendrá determinada de acuerdo con la Norma UNE 66020-1 o norma que la sustituya, en las condiciones de muestreo indicadas en el apartado 1.2 de este anexo.

2.2.4 Comunicación de los resultados.-Los resultados serán comunicados a la Administración pública competente por el servicio u organismo verificador oficialmente autorizado, en un plazo máximo de treinta días a contar desde la finalización de los ensayos, haciendo constar los siguientes datos:

Identificación unitaria del contador estático y, en su caso, lote al que pertenece la muestra ensayada.

Resultados de los ensayos, con indicación individual para cada contador estático de los valores de los errores encontrados.

Motivos justificados de la posible incorporación de contadores estáticos de reserva en la muestra ensayada.

Resultados totales, de conformidad con el apartado 2.2.3 de este anexo.

Relación de contadores que han presentado evidencias de manipulación o que tengan daños mecánicos o eléctricos importantes y que no se han contabilizado a efectos de rechazo del lote.

Servicio u organismo verificador que ha efectuado los ensayos.

Una vez se conozcan los resultados de la verificación, la empresa distribuidora incluirá en la primera facturación de todos los consumidores cuyos contadores componían el lote, una nota informativa con el resultado de la verificación y las acciones a tomar con el contador.

3. Acciones sobre contadores estáticos tanto para la modalidad unitaria como por lotes

3.1 El resultado negativo en los referidos ensayos supondrá la retirada de la red y la situación del o de los contadores rechazados en la modalidad de unitaria o de la totalidad del lote de referencia representado por la muestra en la modalidad por lotes, antes de que finalice el plazo de validez en curso.

3.2 Los contadores estáticos retirados de la red por no superar los ensayos reglamentarios, en la modalidad unitaria o por muestreo de lotes, podrán ser reutilizados tras su reparación si la antigüedad de su fecha de declaración de conformidad o de verificación primitiva, en su caso, o de instalación inicial o, en su defecto, de fabricación, es inferior a veinte años. En caso contrario, los contadores rechazados deberán ser destruidos.

3.3 Los contadores estáticos que no han superado la verificación o son defectuosos, pero que pertenecen a una muestra ensayada de un lote que si ha superado la verificación periódica, podrán ser reutilizados tras su reparación y superación de la verificación después de reparación o modificación, si la antigüedad de su fecha de declaración de conformidad o de verificación primitiva, en su caso, o de instalación inicial o, en su defecto, de fabricación, es inferior a veinte años. En caso contrario, los contadores rechazados deberán ser destruidos.

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