Legislación › Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales.
Artículo 109. Relaciones con las Administraciones Públicas.
Artículo 109. Relaciones con las Administraciones Públicas.
1. Los Colegios de Graduados Sociales se relacionarán, con la Administración General del Estado a través del Consejo General y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, así como con las Administraciones Autonómicas según su ámbito territorial y lo que disponga la legislación aplicable. Asimismo, se relacionarán con los órganos jurisdiccionales y gubernativos del Poder Judicial en el ámbito de la actuación de los Graduados Sociales en sus funciones de representación técnica de las partes ante Juzgados y Tribunales.
2. Las gestiones de carácter corporativo que los Colegios deban llevar a cabo ante la Administración General del Estado se efectuarán directamente por aquéllos cuando afecten a cuestiones de su exclusiva competencia. Sin embargo, cuando dichas gestiones, por razón de su materia, afecten a la competencia propia del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España se realizarán con su previo conocimiento y en la forma coordinada que éste establezca.


