LexTotal

Legislación › Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears.

Artículo 45. La integración directa.

Artículo 45. La integración directa.

El reconocimiento de una biblioteca o colección supondrá la integración directa en el sistema insular de bibliotecas que corresponda y el asentamiento automático en el Registro General de Bibliotecas de las Illes Balears y en los registros insulares de bibliotecas públicas.

← Artículo 44 Índice Artículo 46 →