Legislación › Ley 19/2006, de 23 de noviembre, del Sistema Bibliotecario de las Illes Balears.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
En el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, se constituirán el Consejo de Bibliotecas de las Illes Balears, la Comisión Técnica de Bibliotecas de las Illes Balears, las comisiones técnicas insulares de bibliotecas y los registros insulares y general de bibliotecas de las Illes Balears.
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