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Legislación › Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 «Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos».

Artículo 4. Regularización administrativa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de marzo de 2007 y la del 23 de mayo de 2010. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Regularización administrativa.
Los titulares de los tanques objeto de esta ITC están obligados a presentar ante el órgano competente de comunidad autónoma la documentación que acredite la realización de las operaciones que se indican en el anexo I, y el certificado emitido por el director facultativo o por la empresa reparadora autorizada que ha realizado las obras, así como el documento reglamentario de control y seguimiento de residuos peligrosos que acredita que los mismos se han gestionado conforme a la normativa de medio ambiente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-8190 Leer Qué cambió
25 de marzo de 2007 Texto original Leer

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