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Legislación › Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2006 y la del 11 de diciembre de 2008. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO
LEY PARA LA MEJORA DEL CRECIMIENTO Y DEL EMPLEO
(Bonificaciones empresariales a la contratación laboral)
Colectivos
·
Descripción
·
Cuantía anual
(en euros)
·
Duración
·
BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
·
Mujeres
·
Desempleadas, así como las víctimas de violencia de género [art. 2.1.a) y 2.4].
·
850 1.500
·
4 años
·
Contratadas en los 24 meses siguientes al parto (art. 2.1.b).
·
1.200
·
4 años
·
Contratadas después de 5 años de inactividad laboral, si, anteriormente a su retirada, han trabajado, al menos, 3 años (art. 2.1.c).
·
1.200
·
4 años
·
Mayores de 45 años (art. 2.1.d).
·
1.200
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
Jóvenes
·
De 16 a 30 años (art. 2.1.c).
·
800
·
4 años
·
Otros colectivos y situaciones especiales
·
Parados de al menos 6 meses y trabajadores en situación de exclusión social [arts. 2.1.f) y 2.5].
·
600
·
4 años
·
Personas con discapacidad (art. 2,2).
·
Mujeres con
discapacidad
(art. 2.2.3)
·
Personas
mayores de
45 años con
discapacidad
(art. 2.2.3)
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
- En general (art. 2.2.1).
·
4.500
·
5.350
·
5.700
·
- En caso de discapacidad severa (art. 2.2.2).
·
5.100
·
5.950
·
6.300
·
Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación (art. 2.6).
·
500
·
4 años
·
PLAN EXTRAORDINARIO PARA LA CONVERSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL EN FIJO
·
Conversiones en indefinidos de contratos temporales, incluidos los contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, en todos los casos celebrados antes del 1 de julio de 2006, siempre que la conversión se realice antes del 1 de enero de 2007 (art. 3).
·
800
·
3 años
·
BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL
·
Personas con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del empleo (art. 2.2.4).
·
Varones menores de 45 años
·
Varones mayores de 45 años
·
Mujeres menores de 45 años
·
Mujeres mayores de 45 años
·
Duración
·
- En general
·
3.500
·
4.100
·
4.100
·
4.700
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
- En caso de discapacidad severa
·
4.100
·
4.700
·
4.700
·
5.300
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
Víctimas de violencia de género o doméstica (art. 2.4).
·
600
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
Personas en situación de exclusión social (art. 2.5).
·
500
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
BONIFICACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO
·
Contratos de carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en la empresa de 5 o más años (art. 4.1).
·
50 por 100 de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad temporal, incrementándose anualmente un 10 por 100 hasta el 100 por 100.
·
Toda
la vigencia
del contrato
·
Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad (art. 4.2).
·
1.200
·
4 años
·
BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
POR LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
·
Contratos indefinidos o temporales (art. 2.3).
·
100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta.
·
Toda
la vigencia
del contrato
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de diciembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-19918 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2006 Texto original Leer

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