Legislación › Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
Artículo 110. Funciones del Parlamento.
Artículo 110. Funciones del Parlamento.
1. El Parlamento ejerce las funciones de control parlamentario de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales y de las empresas y entidades que de ella dependen.
2. Las formas de control son las que determinan el Reglamento del Parlamento, la presente ley y la ley reguladora de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.
3. El Parlamento, de conformidad con las disposiciones establecidas por su reglamento, también ejerce las funciones que, con relación al Consejo del Audiovisual de Cataluña, determinan la Ley del Consejo del Audiovisual de Cataluña y la presente ley.


