Legislación › Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
Artículo 41. Modificación de la estructura accionarial o empresarial de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de octubre de 2006 y la del 5 de febrero de 2007. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 41. Modificación de la estructura accionarial o empresarial de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
1. Cualquier proyecto de modificación de la estructura accionarial o empresarial de los prestadores de servicios de comunicación audiovisual requiere la autorización previa del Consejo del Audiovisual de Cataluña.
2. Debe determinarse mediante una instrucción la forma y el contenido de la solicitud en la que han de constar los datos necesarios para poder apreciar la naturaleza y los efectos de la operación de concentración o de transmisión.
3. El Consejo del Audiovisual de Cataluña debe resolver la operación de concentración o de transmisión en un plazo máximo de tres meses.
4. Durante los tres primeros años el titular no puede realizar modificaciones en la composición accionarial que comporten un cambio sustancial en el control de la correspondiente entidad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de febrero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-2384 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 2006 | BOE-A-2006-17577 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2006 | Texto original | Leer |


