Legislación › Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña.
Artículo 42. Medidas correctoras.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de enero de 2006 y la del 9 de octubre de 2006. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo 42. Medidas correctoras.
Si el Consejo del Audiovisual de Cataluña aprecia la existencia de una posición de influencia dominante debe acordar la adopción de las medidas correctoras necesarias, preferentemente la cesión de tiempo de emisión a productores independientes y el establecimiento de condiciones de transmisión de activos, o bien cualquier otra medida análoga.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de febrero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-2384 | Leer | Qué cambió |
| 9 de octubre de 2006 | BOE-A-2006-17577 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2006 | Texto original | Leer |


