LexTotal

Legislación › Ley 13/2005, de 22 de diciembre, del Misteri d'Elx.

Artículo 16. Secretario o secretaria.

Artículo 16. Secretario o secretaria.

El secretario o secretaria de la Junta Rectora, que lo es también del Patronato Rector, dará cuenta de la correspondencia que estos órganos reciban y cursen, redactará y certificará las correspondientes actas de las reuniones de estos órganos, y redactará y firmará los documentos que deban expedirse, con el visto bueno del presidente o presidenta.

← Artículo 15 Índice Artículo 17 →