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Legislación › Real Decreto 93/2006, de 3 de febrero, por el que se regula el sistema de información del Ministerio Fiscal.

Artículo 10. Funciones del Presidente de la Comisión.

Artículo 10. Funciones del Presidente de la Comisión.

El Presidente de la Comisión Nacional de informática y comunicaciones electrónicas del Ministerio Fiscal tendrá las siguientes atribuciones:

a) Convocar las reuniones siempre que haya asuntos pendientes, o en su defecto cada seis meses, y fijar el orden del día.

b) Dirigir las deliberaciones.

c) Representar a la Fiscalía General del Estado en el Comité de Estadística Judicial, por sí o por persona en quien delegue.

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