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Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.

Artículo 19. Ejercicio de los derechos de los propietarios.

Artículo 19. Ejercicio de los derechos de los propietarios.

Las facultades urbanísticas del derecho de propiedad se ejercerán siempre dentro de los límites y con el cumplimiento de los deberes establecidos en ésta u otras Leyes o, en virtud de ellas, por los Planes y Programas con arreglo a la clasificación de los predios.

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