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Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.

Artículo 2. Título competencial.

Artículo 2. Título competencial.

La presente ley se aprueba de acuerdo con la competencia exclusiva, atribuida a la Generalitat por el Estatuto de autonomía de la Comunidad Valenciana y reconocida en el artículo 148.1.3.ª de la Constitución, sin perjuicio de las competencias estatales sobre la materia.

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