Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.
Artículo 2. Título competencial.
Artículo 2. Título competencial.
La presente ley se aprueba de acuerdo con la competencia exclusiva, atribuida a la Generalitat por el Estatuto de autonomía de la Comunidad Valenciana y reconocida en el artículo 148.1.3.ª de la Constitución, sin perjuicio de las competencias estatales sobre la materia.


