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Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.

Artículo 239. La prescripción de la sanción.

Artículo 239. La prescripción de la sanción.

1. Las sanciones graves y muy graves prescriben a los cuatro años, y las leves al año.

2. El cómputo del plazo se iniciará a partir del día siguiente al de la fecha de la notificación de la resolución sancionadora a los responsables.

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