Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.
Artículo 239. La prescripción de la sanción.
Artículo 239. La prescripción de la sanción.
1. Las sanciones graves y muy graves prescriben a los cuatro años, y las leves al año.
2. El cómputo del plazo se iniciará a partir del día siguiente al de la fecha de la notificación de la resolución sancionadora a los responsables.


