Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.
Disposición adicional quinta. Arrendamientos históricos.
Disposición adicional quinta. Arrendamientos históricos.
Las disposiciones de la presente Ley en materia de gestión urbanística de suelo se entenderán a reserva de los derechos de los arrendatarios históricos, reconocidos por el artículo 5 de la Ley 6/1986, de 15 de diciembre, de la Generalitat, de Arrendamientos Históricos Valencianos.
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