Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.
Disposición adicional segunda. Cómputo de la población municipal.
Disposición adicional segunda. Cómputo de la población municipal.
A todos los efectos previstos en la presente Ley, cuando en ella se alude a un determinado número de habitantes por Municipio, se computarán como tales, los residentes empadronados excepto para la cuantificación de las reservas dotacionales en que se considerará la población potencial.
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