LexTotal

Legislación › Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.

Disposición adicional segunda. Cómputo de la población municipal.

Disposición adicional segunda. Cómputo de la población municipal.

A todos los efectos previstos en la presente Ley, cuando en ella se alude a un determinado número de habitantes por Municipio, se computarán como tales, los residentes empadronados excepto para la cuantificación de las reservas dotacionales en que se considerará la población potencial.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →