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Legislación › Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de ordenación del transporte de personas por carretera en Castilla-La Mancha.

Artículo 30. Modalidades.

Artículo 30. Modalidades.

Los servicios prestados a la demanda, de conformidad con la definición dada en el artículo 4.3.c) de esta Ley, podrán revestir las siguientes modalidades:

a) Servicios sin itinerario fijo.

b) Servicios sin horario fijo.

c) Servicios sin horario ni itinerario fijo.

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