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Legislación › Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos.

ANEXO II

ANEXO II

A. Contenido máximo de COV de las pinturas y barnices

Subcategoría de producto

Tipo

Fase I [g/l *)]
(a partir del 1.1.2007)

Fase II [g/l (*)]
(a partir del 1.1.2010)

A

Productos mate para interiores: paredes y techos (brillo < 25 medido a 60°).

BA

75

30

BD

400

30

B

Productos brillantes para interiores: paredes y techos (brillo > 25 medido a 60°).

BA

150

100

BD

400

100

C

Productos para paredes exteriores de substrato mineral.

BA

75

40

BD

450

430

D

Pinturas interiores/exteriores para madera o metal, carpintería y revestimientos.

BA

150

130

BD

400

300

E

Barnices y lasures interiores/exteriores para carpintería, incluidos los lasures opacos.

BA

150

130

BD

500

400

F

Lasures interiores/exteriores de espesor mínimo.

BA

150

130

BD

700

700

G

Imprimaciones.

BA

50

30

BD

450

350

H

Imprimaciones consolidantes.

BA

50

30

BD

750

750

I

Recubrimientos de altas prestaciones de un componente.

BA

140

140

BD

600

500

J

Recubrimientos de altas prestaciones reactivos de dos componentes para usos finales específicos, por ejemplo suelos.

BA

140

140

BD

550

500

K

Recubrimientos multicolor.

BA

150

100

BD

400

100

L

Recubrimientos de efectos decorativos.

BA

300

200

BD

500

200

(*) g/l listo para su empleo.

B. Contenido máximo de COV de los productos de renovación del acabado de vehículos

Subcategoría de producto

Recubrimientos

COV g/l (*)
(1.1.2007)

A

Preparación y limpieza.

Producto preparatorio.

850

Producto de prelimpieza.

200

B

Masillas y masillas de alto espesor/sellantes.

Todos los tipos.

250

C

Imprimaciones.

Aparejos de superficie e imprimaciones generales de metal.

540

Imprimaciones fosfatantes.

780

D

Acabados.

Todos los tipos.

420

E

Acabados especiales.

Todos los tipos.

840

(*) g/l listo para su empleo. Excepto subcategoría A), debería descontarse el contenido de agua del producto listo para su empleo.

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