Legislación › Convenio entre el Gobierno español y el Gobierno macedonio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 20 de junio de 2005.
Artículo 1. Personas comprendidas.
Artículo 1. Personas comprendidas.
El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes.


