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Legislación › Ley 4/2005, de 14 de diciembre, de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.

Disposición adicional segunda. Adscripción de Personal.

Disposición adicional segunda. Adscripción de Personal.

A la entrada en vigor de la presente Ley y una vez cumplidos los trámites previstos en la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, se adscribirá a la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación el personal dependiente de la Consejería de Inmigración, adscrito a la Secretaría General Técnica de Inmigración y a la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

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