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Legislación › Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Artículo 8. Modificación parcial de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 8. Modificación parcial de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

Se modifica la letra b) del apartado 1 del artículo 4 de la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, que queda redactada en los siguientes términos:

«b) Los convenios y contratos administrativos, civiles y mercantiles que deban formalizarse por escrito, incluyendo los pliegos de cláusulas administrativas. Este dictamen podrá referirse también a contratos modelo y pliegos tipo.

Los contratos modelo de naturaleza laboral que deban formalizarse por escrito y los que se aparten de dichos contratos modelo.»

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