Legislación › Resolución 4B0/38020/2006, de 21 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias en el ámbito del organismo.
Primero.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de marzo de 2006 y la del 22 de abril de 2006.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
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Primero.
Se delega en el Subdirector de Prestaciones el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La gestión y resolución de los procedimientos relativos a las Mutuas integradas en el Instituto.
b) La gestión y resolución de los procedimientos de asistencia sanitaria en que haya intervenido la Comisión Mixta Nacional prevista en el régimen de colaboración concertada con la Sanidad Militar y en los conciertos con las entidades de seguro.
c) La gestión y resolución de los procedimientos relativos a asistencia sanitaria o a la concesión de prestaciones no expresamente atribuidos a otro órgano de este Instituto.
d) La gestión y resolución de los procedimientos de afiliación no expresamente atribuidos a otros órganos de este Instituto. Instituto, y los que se deriven de los datos facilitados on-line por la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de abril de 2006 En vigor | BOE-A-2006-7143 | Leer | Qué cambió |
| 9 de marzo de 2006 | Texto original | Leer |


