Legislación › Resolución 4B0/38020/2006, de 21 de febrero, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, sobre delegación de competencias en el ámbito del organismo.
Tercero.
Tercero.
Se delega en el Subdirector General Adjunto de la Secretaría General el ejercicio de las siguientes competencias:
a) Las que el ordenamiento jurídico atribuye a la Secretaria General Gerente como órgano de contratación, salvo los acuerdos de inicio y adjudicación de los correspondientes expedientes excepto en los contratos menores, y la autorización de gastos.
b) La coordinación de las Delegaciones Territoriales.
c) Las relaciones con otros organismos.
d) Clasificar los bienes muebles del Instituto como inútiles o no aptos para el servicio.
e) Ejercer las actividades de gestión de personal, excepto las propuestas de destino y cese, el acuerdo de comisiones de servicio para el desempeño de puestos de trabajo, y las relaciones con otros Organismos.
f) Autorizar las comisiones de servicio con derecho a las correspondientes indemnizaciones.
g) Las relativas al régimen interior del Instituto.


