LexTotal

Legislación › Ley 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Disposición adicional única. Aplicación de normativa supletoria.

Disposición adicional única. Aplicación de normativa supletoria.

En todo lo no previsto en la presente Ley será de aplicación el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otras leyes complementarias al mismo, así como toda aquella normativa que lo sustituya, complemente o desarrolle.

Se renombra por la disposición adicional 2 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-504

Su anterior denominación era disposición adicional primera.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional segunda →