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Legislación › Acuerdo de 27 de marzo de 2006, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales.

Artículo 29. Concesión de licencias.

Artículo 29. Concesión de licencias.

La concesión de licencias corresponderá al Secretario General de la Cámara en la que el funcionario preste servicios, de conformidad con lo establecido en el presente Estatuto.

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