LexTotal

Legislación › Ley Foral 2/2006, de 9 de marzo, del Consejo Económico y Social de Navarra.

Disposición transitoria primera. Continuidad de los actuales miembros del Consejo Económico y Social de Navarra.

Disposición transitoria primera. Continuidad de los actuales miembros del Consejo Económico y Social de Navarra.

Los actuales integrantes del Consejo Económico y Social de Navarra, regulado por la Ley Foral 8/1995, de 4 de abril, del Consejo Económico y Social de Navarra, continuarán ejerciendo su cargo hasta tanto se proceda a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra del nombramiento de los nuevos miembros.

← Artículo 16 Índice Disposición transitoria segunda →