Legislación › Real Decreto 353/2006, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 3. Competencias de la Junta Arbitral.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 2006 y la del 21 de diciembre de 2023.
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Artículo 3. Competencias de la Junta Arbitral.
Es competencia de la Junta Arbitral:
a) La resolución de los conflictos que surjan entre las Administraciones interesadas como consecuencia de la interpretación y aplicación del Convenio Económico a casos concretos concernientes a relaciones tributarias individuales.
En particular, resolver, en último término y en su caso, las controversias que, producidas por consultas referentes a la aplicación de los puntos de conexión contenidos en el Convenio Económico y cuya resolución competa primariamente a la Comisión Coordinadora, no lleguen a ser resueltas por ésta por falta de acuerdo.
b) La resolución de los conflictos que se planteen entre la Administración General del Estado y la de la Comunidad Foral o entre ésta y la Administración de una Comunidad Autónoma, en relación con la aplicación de los puntos de conexión de los tributos cuya exacción corresponde a la Comunidad Foral de Navarra y la determinación de la proporción correspondiente a cada Administración en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido.
c) La resolución de las discrepancias que puedan producirse entre Administraciones con respecto a la domiciliación de los contribuyentes. obligados tributarios.
d) La resolución de las controversias entre Administraciones derivadas de la aplicación del procedimiento de coordinación de competencias inspectoras en el Impuesto sobre el Valor Añadido, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 bis del Convenio Económico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-25762 | Leer | Qué cambió |
| 8 de abril de 2006 | Texto original | Leer |


