Legislación › Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la integración social de los inmigrantes
Disposición adicional tercera. Financiación.
Disposición adicional tercera. Financiación.
Para el desempeño de sus funciones, el Foro para la integración social de los inmigrantes contará con los créditos presupuestarios que asigne el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, sin que en ningún caso pueda originarse incremento del gasto público, salvo lo que resulte de lo dispuesto en el artículo 13 de este real decreto.
← Disposición adicional segunda Índice Disposición derogatoria única →


