Legislación › Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de asistencia jurídica a la Generalitat.
Disposición adicional segunda. Funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.
Disposición adicional segunda. Funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado.
Se integrarán en el Cuerpo de Abogados de la Generalitat los funcionarios del Cuerpo de Abogados del Estado que hayan sido transferidos en el pasado o se transfieran en el futuro a la Generalitat.
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