Legislación › Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias.
Disposición adicional sexta. Comandancia General de Infantería de Marina.
Disposición adicional sexta. Comandancia General de Infantería de Marina.
1. La Comandancia General de Infantería de Marina y su Comandante General estarán incluidos en la estructura orgánica de la Flota.
2. El Comandante General de la Infantería de Marina dependerá directamente del Jefe de Estado Mayor de la Armada para asesorarle en aquellos asuntos referidos al Cuerpo de Infantería de Marina que no se relacionen de forma específica y directa con la preparación de la Fuerza.
Se añade por la disposición final 4 del Real Decreto 947/2009, de 5 de junio. BOE-A-2009-9480
← Disposición adicional quinta Índice Disposición derogatoria única →


