Legislación › Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Artículo 38. Obligaciones formales.
Artículo 38. Obligaciones formales.
Las Administraciones públicas están obligadas a conservar a disposición de los órganos gestores del Catastro Inmobiliario, durante los plazos establecidos en la normativa de protección de datos de carácter personal y sobre archivo de documentación, los documentos acreditativos de los datos comunicados y de aquellos otros que hayan sido puestos en su conocimiento, o testimonio de los mismos, ya sea en soporte convencional o informático.


