Legislación › Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía.
Artículo 19. Comisión de Artesanía de Andalucía.
Artículo 19. Comisión de Artesanía de Andalucía.
1. Se crea la Comisión de Artesanía de Andalucía como un órgano colegiado de carácter consultivo y de asesoramiento en materia de artesanía, adscrito a la Consejería competente en la materia, de composición paritaria en cuanto al género en los términos establecidos en el artículo 140 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, en el que estarán representados las entidades públicas y privadas relacionadas con el sector, así como los propios artesanos y artesanas.
2. Su organización, composición y régimen de funcionamiento se establecerá reglamentariamente.


