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Legislación › Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación.

Artículo 25. Funciones de la Junta General.

Artículo 25. Funciones de la Junta General.

Corresponde a la Junta General:

a) La aprobación del acta de la sesión anterior.

b) El conocimiento y sanción de la Memoria Anual que la Junta de Gobierno le someterá, resumiendo su actuación y la de los demás Órganos, Instituciones, Demarcaciones y Comisiones del Colegio, así como los acontecimientos profesionales de mayor relieve.

c) La aprobación del presupuesto general, cuentas anuales y enajenaciones o adquisiciones patrimoniales de bienes inmuebles.

d) La aprobación de las cuotas de inscripción, cuotas ordinarias y el establecimiento de las extraordinarias.

e) La aprobación de la oferta de servicios colegiales y su correspondiente sistema de financiación.

f) Las deliberaciones y decisión de cuantos asuntos se le sometan a propuesta de la Junta de Gobierno o de un grupo de colegiados de acuerdo con lo especificado en estos Estatutos y en el Reglamento general de régimen interior.

g) La aprobación del Reglamento general de régimen interior, de sus modificaciones y de las reformas de los presentes Estatutos.

h) Aprobación de la constitución y disolución de las Demarcaciones territoriales.

i) La disolución del Colegio y, en tal caso, el destino que deberá darse a sus bienes.

j) La designación de Colegiado de honor o de cualquier otro tipo de distinción honorífica.

k) Aprobar las normas deontológicas profesionales y el régimen disciplinario, a propuesta de la Junta de Decanos.

l) Todas las demás atribuciones que le otorguen los presentes Estatutos.

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