LexTotal

Legislación › Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación.

Artículo 81. Comunicación de la disolución del Colegio.

Artículo 81. Comunicación de la disolución del Colegio.

El acuerdo de disolución se comunicará al Ministerio con el que mantenga relación, para su aprobación definitiva.

← Artículo 80 Índice