LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Disposición adicional trigésima quinta. Promoción de la investigación e innovación educativas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2013 y la del 19 de enero de 2021. Tachado: lo que se quitó (48 palabras). Subrayado: lo que se añadió (88 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional trigésima quinta. Integración Promoción de las competencias en el currículo. la investigación e innovación educativas.
El Ministerio responsable de Educación, Cultura Educación y Deporte promoverá, en cooperación con las Comunidades Autónomas, administraciones educativas facilitarán la adecuada descripción identificación de las relaciones entre las competencias grupos de investigación e innovación educativas, fomentarán la creación de bases unificadas de conocimiento, evidencias y los contenidos buenas prácticas, y criterios promoverán el desarrollo de evaluación centros de las diferentes enseñanzas a partir investigación que sean referentes especializados, con el fin de mejorar las prácticas docentes y los procesos educativos, elevar los resultados y asegurar la entrada en vigor calidad de esta Ley Orgánica. la educación con mayor equidad e inclusión.
A estos efectos, se prestará atención prioritaria al currículo Así mismo promoverán la difusión de experiencias y el intercambio de los resultados relevantes de la enseñanza básica. investigación e innovación educativas entre redes de centros educativos y las universidades.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de enero de 2021 En vigor BOE-A-2020-17264 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2013 BOE-A-2013-12886 Leer

← Disposición adicional trigésima cuarta Índice Disposición adicional trigésima sexta →