Legislación › Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Disposición adicional trigésima quinta. Promoción de la investigación e innovación educativas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2013 y la del 19 de enero de 2021.
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Disposición adicional trigésima quinta. Integración Promoción de las competencias en el currículo. la investigación e innovación educativas.
El Ministerio responsable de Educación, Cultura Educación y Deporte promoverá, en cooperación con las Comunidades Autónomas, administraciones educativas facilitarán la adecuada descripción identificación de las relaciones entre las competencias grupos de investigación e innovación educativas, fomentarán la creación de bases unificadas de conocimiento, evidencias y los contenidos buenas prácticas, y criterios promoverán el desarrollo de evaluación centros de las diferentes enseñanzas a partir investigación que sean referentes especializados, con el fin de mejorar las prácticas docentes y los procesos educativos, elevar los resultados y asegurar la entrada en vigor calidad de esta Ley Orgánica. la educación con mayor equidad e inclusión.
A estos efectos, se prestará atención prioritaria al currículo Así mismo promoverán la difusión de experiencias y el intercambio de los resultados relevantes de la enseñanza básica. investigación e innovación educativas entre redes de centros educativos y las universidades.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2020-17264 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2013 | BOE-A-2013-12886 | Leer |
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