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Legislación › Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Disposición adicional vigesimoprimera. Cambios de centro derivados de actos de violencia.

Disposición adicional vigesimoprimera. Cambios de centro derivados de actos de violencia.

Las Administraciones educativas asegurarán la escolarización inmediata de las alumnas o alumnos que se vean afectados por cambios de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar. Igualmente, facilitarán que los centros educativos presten especial atención a dichos alumnos.

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