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Legislación › Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Disposición transitoria tercera. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes.

Disposición transitoria tercera. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes.

En tanto no sean desarrolladas las previsiones contenidas en esta Ley que afecten a la movilidad mediante concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos docentes en ella contemplados, la movilidad se ajustará a la normativa vigente a la entrada en vigor de la presente Ley.

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