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Legislación › Ley 4/2006, de 30 de marzo, de educación y formación permanentes de personas adultas de las Illes Balears.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Se autoriza a la consejería competente en materia de educación a dictar las normas adecuadas para la ejecución, la aplicación y el desarrollo de esta ley.

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