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Legislación › Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Artículo 68. Suspensión de funciones.

Artículo 68. Suspensión de funciones.

1) Los Secretarios Judiciales declarados suspensos, quedarán privados del ejercicio de sus funciones durante el tiempo que dure la suspensión

2) La suspensión de funciones podrá ser provisional o definitiva.

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