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Legislación › Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.

Artículo 50. Seguridad en la caza.

Artículo 50. Seguridad en la caza.

Reglamentariamente se establecerán las medidas de seguridad de que deberán disponer las cacerías de caza mayor desarrolladas en grupo para evitar los accidentes entre los cazadores o molestias por riesgo para otros usuarios del monte.

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