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Legislación › Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos.

Artículo 7. La Dirección Académica.

Artículo 7. La Dirección Académica.

1. El Director Académico presidirá el Consejo Académico y como tal tendrá encomendada la coordinación superior en materia de investigación, de actividades culturales y de publicaciones del Instituto de Estudios Riojanos y presidirá el Consejo Académico. Corresponderá al Director Académico la representación ordinaria del IER en actos e instituciones académicas.

2. El procedimiento para su nombramiento y sus funciones se determinarán estatutariamente.

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