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Legislación › Ley 4/2006, de 19 de abril, del Instituto de Estudios Riojanos.

Disposición adicional única. Dotación de medios personales y materiales.

Disposición adicional única. Dotación de medios personales y materiales.

Por las Consejerías competentes en materia de hacienda y administraciones públicas se llevarán a cabo las actuaciones oportunas, en la medida de las disponibilidades presupuestarias, para la dotación de los medios personales y materiales que resulten necesarios para la puesta en funcionamiento del Instituto de Estudios Riojanos.

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