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Legislación › Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel.

Artículo 6. Varroosis.

Artículo 6. Varroosis.

Las actuaciones a realizar, en el caso de la varroosis, serán las siguientes:

a) Se realizará, al menos, un tratamiento obligatorio al año, con el contenido del anexo II.

b) En caso necesario se podrá realizar un nuevo tratamiento en otras épocas, diferentes a las establecidas en el anexo II, en cuyo caso deberá efectuarse con las mismas pautas indicadas en el tratamiento obligatorio y previa notificación por parte del apicultor.

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