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Legislación › Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 15. Coordinación con la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

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Artículo 15. Coordinación con la Base de datos autonómica Datos Nacional de subvenciones. Subvenciones.
1. La Intervención General En el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma será el órgano encargado de la constitución y mantenimiento de la base de datos autonómica Región de subvenciones, en la que deberán anotarse Murcia, corresponderá a los actos y documentos que por Orden de la Consejería titulares de Economía y Hacienda se determinen. Todos los órganos órganos, organismos y demás entidades que concedan las subvenciones deberán remitir a la Intervención General la información por los procedimientos y en los plazos que ayudas contempladas en dicha orden se establezca.
2. La creación y mantenimiento de
la Base de datos autonómica Datos Nacional de subvenciones habrá Subvenciones, el cumplimiento de servir, al menos, a los siguientes fines:
a) La ordenación y conocimiento
cuantas obligaciones de la total actividad subvencional remisión de información se deriven de la CARM.
b) La coordinación con las bases
aplicación de datos establecidas por la Unión Europea, normativa básica estatal en la Administración General del Estado y otras entidades públicas. materia.
c) 2. A La elaboración Intervención General de estudios y análisis sobre la actividad subvencional Comunidad Autónoma le compete velar porque las obligaciones de remisión de la CARM.
d) La colaboración con
información que pesan sobre los órganos encargados de gestores se cumplan adecuadamente para lo que dictará las instrucciones necesarias. De igual modo podrá ordenar la elaboración del Plan estratégico de subvenciones práctica de controles sobre los procesos y sistemas utilizados y la CARM.
e) La colaboración
información transmitida, pudiendo realizarlos con los órganos e instituciones de control de este tipo de actividad. medios que considere más adecuados.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de febrero de 2016 En vigor BOE-A-2016-3540 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 Texto original Leer

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