Legislación › Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Disposición final. Desarrollo y entrada en vigor de esta ley.
Disposición final. Desarrollo y entrada en vigor de esta ley.
1. Se faculta al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la presente ley, entendiéndose a él referidas cuantas remisiones a reglamento se hacen en esta ley sin concretar otro órgano diferente.
2. La presente Ley entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación.


