Legislación › Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.
Artículo 27. Declaraciones y comunicaciones oficiales de interés público.
Artículo 27. Declaraciones y comunicaciones oficiales de interés público.
El Gobierno podrá hacer que se programen y difundan declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público, con indicación de su origen.


