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Legislación › Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.

Artículo 27. Declaraciones y comunicaciones oficiales de interés público.

Artículo 27. Declaraciones y comunicaciones oficiales de interés público.

El Gobierno podrá hacer que se programen y difundan declaraciones o comunicaciones oficiales de interés público, con indicación de su origen.

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