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Legislación › Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.

Artículo 29. Patrimonio.

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Artículo 29. Patrimonio.
1. La Corporación RTVE y las sociedades prestadoras del servicio público tendrán tendrá un patrimonio propio. Los bienes y derechos de la Corporación RTVE y de las sociedades prestadoras del servicio público serán en todo caso de dominio privado o patrimoniales.
2. La gestión, administración, explotación y disposición de los bienes y derechos que integran el patrimonio de la Corporación RTVE y el de las sociedades prestadoras del servicio público se regirá por lo dispuesto en esta Ley sobre el mismo y, en su defecto, por el ordenamiento privado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2010 En vigor BOE-A-2010-5292 Leer Qué cambió
7 de junio de 2006 Texto original Leer

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