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Legislación › Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha.

Artículo 31. Registro de Órganos de Gestión.

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Artículo 31. Procedimientos Registro de autorización. Órganos de Gestión.
Se desarrollará reglamentariamente el procedimiento y requisitos para la autorización, y se creará, dependiente de la Consejería competente en materia agroalimentaria y adscrito a la Dirección General competente en materia de mercados alimentarios, un Registro de Órganos de Gestión de figuras de calidad agroalimentaria de Castilla-La Mancha de carácter informativo, en el que serán inscritos los órganos de gestión regulados por la presente ley. Ley

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2010-16093 Leer Qué cambió
5 de mayo de 2007 Texto original Leer

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